El cese de la actividad es una de las causas de cierre de una empresa o negocio.
A efectos fiscales, los empresarios individuales, los profesionales y las sociedades deberán presentar una solicitud de cese de actividad parcial o difinitiva ante la Superintendencia de Administración Tributaria.
Debe completar los requisitos y realizar la gestión en las Oficinas o Agencias Tributarias de la SAT designadas para el efecto, ubicadas en todo el país.
- Persona Individual (Actividad Mercantil)
- Persona Juridica
- Servicios Tecnicos
- Servicios Profesionales
- Entidad No Lucrativa
- Fideicomiso
- Negocios Inscritos Sin Autorizacion del Contribuyentes
- Cese de Coopropiedad de Bienes y/o Derechos
- Cese de Nit Administrativos Juridicos